La nueva Ley garantiza, según el Gobierno, disfrutar de la herencia natural a las futuras generaciones.
Para empezar, modifican los requisitos para que un Espacio Natural sea declarado Parque Nacional, siendo una superficie de 15.000 ha anteriormente,y ahora son 20.000 ha, 5.000 ha más. Lo que perjudica a los espacios más reducidos, algunos de gran interés, si inclusión en la Red de Parques Nacionales.
Otra novedad que incluyen, a lo ya existente en la ley, es que para la preservación, serán incompatibles las actividades de pesca deportiva y recreativa, caza deportiva y comercial, talas con fines comerciales, etc. Pero la modificación contempla que por motivos de gestión podrá programar actividades de control de poblaciones y restauración de hábitats. Este último aspecto, puede dar a entender, y es lo que tememos, la organización de actividades de caza y pesca, que no especifica, si serían las Guarderías de los parques las encargadas de tal cometido, lo que puede llegar a desencadenar una serie de impactos derivados de fines puramente económicos.
Tal vez lo más positivo, sea la incorporación de actividades recreativas, que desde un buen uso y gestión pueden llegar a ser beneficiosas de una buena Educación Ambiental, y con un buen control, valorar y difundir los valores naturales, pero solo, con un buen uso y gestión.
Presidente de Ameco. Emilio J. Rodríguez
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